Homero Silva es quizá la voz
que más claramente ha sostenido la vigencia del derecho
humano al agua frente al mercado. Ese derecho se sustenta
en los compromisos internacionales asumidos por los estados,
en esta entrevista nos brinda algunos datos a tomar en cuenta
en las políticas sobre el agua.
¿Qué es la OPS?
La Organización Panamericana de la Salud
(OPS) se creó en 1902, antes que la Organización
Mundial de la Salud. Tenemos 103 años trabajando
para proteger la salud en los pueblos de América.
Nosotros no somos una organización de apoyo financiero
a gobiernos o estados; sino más bien de cooperación
técnica, buscamos movilizar recursos, diseminar conocimientos,
apoyar la preparación de autoridades. También
contamos con una oficina de comunicación que permite
trasmitir algunos mensajes masivos que consideramos importantes.
Tenemos veintisiete oficinas en la región.
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| Homero Silva
(OPS) |
¿Cuáles son los fundamentos de la
exigibilidad del derecho humano al agua?
La obligación de los estados se origina
en el Pacto de los Derechos Económicos Sociales y
Culturales de 1966, ratificado por el Perú el 28
de abril de 1978. En el artículo 12 párrafo
1, se establece que toda persona tiene derecho al disfrute
del mayor grado de salud física y mental, y se señala
que todos los estados firmantes deben procurar dotarla de
establecimientos como hospitales y centros de asistencia,
así como de agua potable servicios y protección
del ambiente. Este artículo establece obligaciones
básicas en las que se habla de garantizar el acceso
a la vivienda y a condiciones sanitarias básicas,
y a un suministro adecuando de agua limpia y potable. Entonces,
aquel Estado que no esté dispuesto a utilizar el
máximo de recursos de que disponga para dar efectividad
al derecho a la salud viola las obligaciones que ha contraído
en virtud de este acuerdo.
De este derecho a la salud se deriva el derecho humano
al agua potable, como derecho universal, irrenunciable y
jurídicamente exigible. Se señala que se debe
dar en condiciones suficientes, es decir, cantidad, calidad
y continuidad, durante las 24 horas a un costo razonable.
En cuanto a calidad, debe estar libre de microorganismos
o sustancias químicas o reactivas; que cumpla con
los estándares determinados para la salud, en concordancia
con las guías de la OMS que para nosotros son el
referente más importante.
“Aquel Estado que no esté utilizando
el máximo de recursos de que disponga para
el derecho a la salud viola sus obligaciones. Es necesario
cambiar el concepto de gasto por el de inversión”. |
¿Hablamos entonces del
agua como un derecho humano primordial?
El derecho humano al agua es fundamental, no podemos
quitarle calidad de vida a la gente. Desgraciadamente hablamos
más de derechos económicos y de economía.
Si los legisladores han aceptado que se debe de cumplir
con las normas de la OMS, entonces se debe procurar obtener
los recursos. En la actualidad no se cumple con otorgar
el ejercicio pleno del derecho humano al agua.
¿Cómo influye la OPS en efectivizar
este derecho?
Hay un Pacto firmado, entonces hay una obligación
por parte del gobierno, nosotros lo único que hacemos
es asesorar en el sentido de decirles éstas son las
guías y esto lo que te causa problemas. Nosotros
dejamos que los propios gobiernos establezcan sus metas.
Un gobierno debe decidir cuándo y cómo cumplir
con ese compromiso a través de planes nacionales.
Hemos elaborado un documento en el que hablamos del Plan
Nacional y qué es lo que debe incluir este plan,
el monitoreo, etc. Nuestra ayuda es más de asesoría
y cooperación técnica. Nuestra información
está disponible para el que la desee en aras de la
transparencia, por ello promovemos la información
a la población. Una población informada tiene
más consciencia y demanda más por sus derechos.
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| Diversos aprovechamientos
del recurso agua. |
“Una población informada tiene más
consciencia y demanda más por sus derechos.” |
Sobre quién debe brindar el servicio ¿Cuál
es el panorama en la región?
Existen en este momento dos tendencias. Una es
la de privatización que está perdiendo fuerza
ya que las experiencias no han sido las mejores. El acuerdo
que se firmó en el 2002, presenta al agua como un
derecho humano y le da una faceta más humana al tema.
Las mismas poblaciones ya no están muy a favor de
la privatización.
¿Hay un argumento que señala que
el Estado no cuenta con los recursos para hacer efectivo
este derecho?
Lo que sucede es que hay que cambiar el concepto
de gasto por el de inversión. Si lo consideras como
un gasto es lógico que nunca vas a tener ese dinero,
hay que pensar como cuando vas a comprar una casa y piensas
en una inversión. La forma de lograr el derecho humano
al agua no es pensando en formulas económicas, es
más con un sentido de solidaridad hacia el más
desprotegido, es la única manera de que la moral
solidaria pueda vencer a los principios económicos,
contrario a lo que sucede ahora.
Nosotros como OPS consideramos que debemos buscar la máxima
expresión en salud, y eso debe saberlo la gente,
estar informada. De que tiene un costo esa inversión
es cierto, efectivamente, se necesita plata. Los involucrados
en salud debemos preocuparnos por la salud y los economistas
por lo económico.
Con los derechos humanos no podemos hacer otra cosa, nuestro
mandato es claro y es el que referí al inicio. Como
Estado el Perú ha firmado el acuerdo y hay que respetar
el Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales,
cuya obligación de cumplirlo la asumió en
la década del setenta
¿Problema de modelo?
Yo no diría que no es el modelo el que
no ha funcionado. Falta de recursos, población no
educada, el operador, es decir todo eso se junta y crea
una situación particular que debemos revertir.
Sobre el arsénico en el agua
¿Cómo enfocar la constatación
de la presencia de arsénico en el agua?
Qué derecho tenemos nosotros para establecer
máximos o mínimos de arsénico en el
agua, cuando los estudios demuestran que de todas maneras
va a perjudicar al niño en su desarrollo. Si aplicas
la norma de la OMS los niños que consumen agua con
arsénico pierden cuatro puntos de coeficiente intelectual,
y si sobrepasas la medida señalada pierden más
de seis puntos de coeficiente. Entonces la pregunta es qué
derecho tenemos nosotros de quitarle a un niño su
inteligencia, qué derecho tenemos de decidir de que
va a morir una persona setenta años después.
El nacer pobre en nuestros países significa que una
mayoría de niños no pueden pertenecer por
esa limitación a un grupo que tiene un rendimiento
intelectual mayor, afecta entonces directamente al desarrollo
cognitivo de los niños.
Los Cedros, San Isidro
28 junio de 2005 5:00 p.m.
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