Introducción
El
agua es la fuente de la vida, el sustento de todo alimento,
garantía de nuestra salud y signo de purificación.
La existencia de los seres humanos, los animales, las plantas
y los microorganismos del planeta, dependen del agua. El
propio organismo humano está constituido en un setenta
por ciento por agua. Podemos sobrevivir varios días
sin comer, pero sin beber, muy pocos. Es por tanto, un derecho
primordial de todos los seres vivientes.
En los últimos años el agua ha sido motivo
de debate, convulsiones sociales, reflexiones, controversias
legales y acciones de uno y otro sector en torno a este
don tan frágil y tan necesario para la vida, la salud
y el bienestar humano. Hasta el presente no podemos alcanzar
una de las condiciones más fundamentales para el
desarrollo humano que es el acceso a los servicios básicos
de agua potable.
Hoy en día hay una presión cada vez más
creciente de los organismos internacionales para que los
países en desarrollo, acaben con los regímenes
especiales e impulsen la privatización de los servicios
de agua potable, para manejarla como un bien económico
lucrativo.
En este documento se discute la privatización de
este derecho humano, haciendo un análisis de los
resultados de la privatización de los servicios de
agua potable con el objeto de crear conciencia para que
los gobiernos, las agencias de cooperación internacional,
las organizaciones no gubernamentales y las comunidades
locales nos comprometamos a trabajar para lograr proveer
a todas las personas de agua que satisfaga sus necesidades
más básicas y garantizar el derecho humano
al agua y a la salud.
Agua y Salud- Derechos Humanos Conexos
Durante mucho tiempo no se ha dado mayor importancia al
recurso agua, habiendo sido objeto de atención solamente
en sectores en que se veía la necesidad de legislarlo.
Hoy nos damos cuenta que este tema es complejo y de trascendental
importancia.
Al ser un recurso limitado y cada vez más escaso,
por tanto codiciado, ha generado a su alrededor negocios
de un alcance inimaginable, con beneficios crecientes y
con expectativas de generar más rentabilidad en el
corto plazo.
La Observación General No. 15 del Comité
de Derechos económicos sociales y culturales (CDESC)
señala que: “El derecho humano al agua es indispensable
para vivir la vida con dignidad humana. Es un prerrequisito
para la realización de otros derechos humanos…
El agua debería ser considerada como un bien social
y cultural y no fundamentalmente como un bien económico”
(Naciones Unidas, 2002). Asimismo, la Convención
sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer, subrayó que la salud de las mujeres
rurales depende críticamente de un adecuado y no
discriminatorio acceso al agua. (Naciones Unidas, 1979).
Es preciso poner mucha atención al momento de privatizar
los servicios de agua, ya que a la hora de evaluar el impacto,
el derecho a la salud puede perder su significado. Sin acceso
al agua potable no hay salud. El acceso al agua potable
sirve para calmar la sed, para preparar los alimentos y
para la higiene. Como bien ha señalado la Observación
General No. 15, del CDESC, “El derecho humano al agua
potable es fundamental para la vida y la salud. Una cantidad
de agua suficiente y segura es una pre condición
para la realización de todos los derechos humanos”
(Naciones Unidas, 2002). Una obligación del Estado
contenida en esta Observación General, es la responsabilidad
de velar para que “… el agua y las instalaciones
y servicios de agua deban ser accesibles a todos, sin discriminación
alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte”.
Al respecto, Maude Barlow (2002), presidenta de la organización
Council of Canadians, ha declarado que: "Los gobiernos
en todo el mundo deben actuar ahora para declarar al agua
un derecho humano fundamental y prevenir esfuerzos para
privatizar, exportar, y la venta para la obtención
de una ganancia, sobre esta sustancia esencial para todo
ser viviente." Varios estudios realizados demuestran
que vender el agua en el mercado abierto, tiene como consecuencia
que solo llegue a las ciudades y a las personas más
ricas.
Por
lo señalado es menester considerar que el acceso
al agua potable es un derecho humano pleno y vigente, mas
no una comodidad o un privilegio. Además los recursos
de agua dulce son parte de la colectividad y por lo tanto
no pueden ser tratados como mercancía susceptible
de venta, transferencia o comercio con fines de lucro.
Privatización de los servicios de agua
Si bien el control del agua históricamente ha generado
intereses de poder, actualmente se constata una especial
prisa por el control privado de este recurso, que se encuentra,
cada vez más en la mira de los intereses especulativos.
Los gobiernos están entregando la responsabilidad
de este precioso recurso a las gigantes corporaciones transnacionales,
quienes en confabulación con el Banco Mundial y con
la Organización Mundial de Comercio (OMC), buscan
privatizar y hacer del agua un bien comerciable en todo
el mundo, colocándola en el mercado abierto para
su venta al mejor postor (Korten, 1998). Como fue el caso
de Bolivia, donde a finales de los años noventa,
el Banco Mundial exigió la privatización del
sistema de agua de Cochabamba, tercera ciudad de Bolivia,
con la amenaza de retener el alivio a la deuda y otros fondos
para el desarrollo (García y otros, 2003).
Asimismo, los gobiernos también están cediendo
el control que tienen sobre los proveedores de aguas nacionales,
a través de la participación en tratados de
comercio tales como el Tratado de Libre Comercio para América
del Norte (TLCAN), conocido por sus siglas en inglés,
como NAFTA, y en instituciones tales como la OMC. La creciente
ingerencia con que las grandes corporaciones del agua codifican
sus metas en los tratados internacionales, no es algo nuevo
sino mas bien la profundización de las políticas
del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio
(GATT de 1947) que desembocaron en la constitución
de la OMC después de la Ronda Uruguay de 1995. Ya
en 1994 en el Acuerdo General sobre Comercio y Servicios
se menciona al agua y sus distintos aspectos, desde el alcantarillado
hasta los superpetroleros.
Un caso concreto de cómo utilizan arbitrariamente
las corporaciones estos tratados se dio en Cochabamba Bolivia,
que vio como la empresa Aguas del Tunari, subsidiaria de
la empresa Bechtel de Estados Unidos y con domicilio fantasma
en la Islas Caimán, mudaba su cede a una oficina
virtual en Ámsterdam para poder favorecerse del Acuerdo
Bilateral sobre Inversiones entre Holanda y Bolivia, Holand-Bolivia-BIT
(García y otros, 2003).
Alcanzar un balance entre los beneficios que podría
otorgar la privatización en lo que se refiere a eficacia
económica, tarifa reducida del servicio y costos
es muy delicado y complejo, tanto para los gobiernos de
los países en desarrollo, así como para las
instituciones de política internacional en general.
Una de las mayores amenazas para el acceso universal al
agua potable es la globalización de las corporaciones
y su claro objetivo de privatizar los servicios. Al querer
convertir este bien social en una mercancía económica,
algunos políticos y planificadores económicos
sostienen que los actuales recursos de agua dulce pueden
ser administrados y distribuidos eficazmente siguiendo los
principios competitivos del mercado (Shiva 2002). Sin embargo,
se puede observar que esta aseveración esta muy lejos
de la realidad, tal como ha demostrado la experiencia.
Resultados de la privatización de los Servicios
de Agua
Uno
de los resultados de la privatización del servicio
de agua potable suele ser el aumento de tarifas del servicio
y ello responde a la presión que ejercen las políticas
del FMI y del Banco Mundial. Claro, los gobiernos empobrecidos
y necesitados de dinero tienen que aumentar las tarifas
del servicio para hacer más atractiva la inversión
del sector privado en este rubro. También, las empresas
privadas para garantizar el lucro exigen cláusulas
especiales en los contratos, como la discrecionalidad del
aumento en las tarifas si la población esta utilizando
menos agua de la prevista, de esta forma las ganancias de
la empresa no se ven afectadas. Como ha sido la experiencia
en Cochabamba Bolivia, donde la privatización del
agua ha provocado un aumento indiscriminado en el precio
de hasta más del cien por ciento. Así también
sucedió en el caso de Conakry – Guinea, en
el que el aumento ha sido de quinientos por ciento en sólo
cinco años, con un grave impacto en la vida de mujeres,
niñas y niños desplazados (García y
otros, 2003; Shiva, 2002).
Otro resultado de la privatización es la reducción
del acceso por parte de los pobres a los servicios de agua
potable. Cuando las tarifas por el servicio de agua son
elevadas, los pobres deben utilizar menos agua o no usarla
del todo a causa del corte de servicio o del deterioro de
la calidad del agua, lo que representa graves riesgos sanitarios.
Además, la pobreza tiene rostro de mujer, ya que
de los miles de millones de pobres más de la mitad
son mujeres y niñas. En varias ciudades de los países
en desarrollo un alto porcentaje de la población
vive en tugurios y asentamientos humanos sin vivienda digna
ni servicios básicos.
En el caso de Perú la cobertura a nivel nacional
de servicios de agua solo alcanza a un 74 por ciento y en
la ciudad de Lima mas de un millón de personas no
tienen acceso a este servicio (Ministerio de la Presidencia,
2002). En estas condiciones, obtener agua potable a bajo
costo, es una lucha del día a día para esta
población. En la mayoría de los países
en desarrollo las mujeres y los hombres tienen diferentes
roles y responsabilidades en la administración del
agua. Las mujeres son las más afectadas por ser las
responsables de la gestión de este recurso en lo
doméstico y comunitario; en promedio, las mujeres
y los niños, preferentemente niñas, ocupan
más de ocho horas diarias recorriendo de 10 a 15
kilómetros, trasladando de 15 a 20 litros de agua
por viaje (Obando, 2003).
La investigadora colombiana Mariela Adela Rivera-Santander,
asegura que las mujeres jefas de familia en Colombia y Filipinas,
cuando les cortan el servicio de agua por falta de pago,
vuelven a utilizar el agua contaminada, lo que las expone
a sufrir graves enfermedades y a dedicar horas al acarreo.
Otro ejemplo es el de Sudáfrica, donde las tarifas
del agua impuestas en 1999 obligaron a residentes pobres
de Kwagulu-Natal a recurrir a fuentes fluviales contaminadas.
Además, mucha de esta gente pobre acaba pagando hasta
20 veces más por el agua que las personas ricas y
acomodadas.
Finalmente, tampoco hay que ignorar que cuando los servicios
de agua se privatizan, poco se puede hacer para asegurar
que la empresa trabaje para el mejor interés de la
comunidad. Además, si una comunidad no es satisfecha
con el desempeño de la empresa, volver a comprar
los derechos del agua es una proposición muy difícil
y cara. Las empresas transnacionales son responsables ante
sus accionistas, no ante los ciudadanos de los países
donde funcionan. Por eso, se vuelve a resaltar que el objetivo
principal de las compañías de agua es llevar
al máximo las ganancias, no proteger a los consumidores.
Conclusión
Por su elemental importancia, el agua no puede estar sujeta
a la ley del mercado libre. No es éticamente aceptable
una economía y una política que facilite y
deje libertad para que los individuos privados saquen provecho
a partir de un bien social, común, vital e insubstituible.
Si existiera la posibilidad de lucro económico en
la gestión del agua, este debería destinarse
para beneficiar a la colectividad, buscando el interés
del conjunto de la población y de futuras generaciones
venideras.
Quien mejor que el propio pueblo, asegurando la participación
de las mujeres, para garantizarse el buen uso del agua ante
sus necesidades. En la mayoría de los casos los intereses
económicos de las empresas privadas no necesariamente
concuerdan con el bienestar general de la sociedad. No se
puede negar que el objetivo de las empresas privadas, ya
sea en el sector agua como en cualquier otro, es el lucro
económico. Más, al contrario, en las empresas
públicas el beneficio económico debe coincidir
con los objetivos sociales.
Por
tanto, dentro del marco de los derechos humanos, después
de haber realizado el presente análisis, es lógico
sugerir que se tomen acciones urgentes e inmediatas para
que los gobiernos locales y nacionales, así como
las organizaciones internacionales unifiquen sus criterios
e intenciones para empezar a trabajar juntos y se pongan
de acuerdo para optar por políticas que garanticen
que un bien tan importante como el agua se gestione con
criterios de interés público y sensibilidad
de genero, mientras esto no ocurra, seguirá el sufrimiento
de millones de personas que en su mayoría son mujeres
y niñas, seguirán las enfermedades y con ello
seguirán los conflictos sociales y militares.
Declarado en el Artículo “La creciente carencia
de agua afecta sobre todo a mujeres” en CIMACNOTICIAS
viernes 2 de enero de 2004, México DF. Disponible
en: http://www.cimacnoticias.com/noticias/04ene/04010204.html
Funcionarios de salud pública atribuyen un brote
de cólera en 2001, que mató a docenas de personas,
a la política de precios del agua. A este respecto,
la Observación General No. 15 ha establecido que
“las violaciones de la obligación al respeto
provienen de la interferencia del Estado con el derecho
al agua. Esto incluye… aumentos discriminatorios o
inasequibles en los precios del agua”.
Resaltado en el comunicado de prensa del Consejo Colaborador
de Agua y Saneamiento y UN-Habitat de 29 de enero de 2002.
“WSSCC and UN-Habitat Call for Urgent Action to Address
Water and Sanitation crisis”.
* M. Roxana Castellón Torrico, Licenciada en Ciencias
Jurídicas y Políticas, Universidad Mayor de
San Simón, Bolivia (1995); con estudios de Maestría
en Derecho Constitucional con especialidad en Derechos Humanos,
Pontificia Universidad Católica del Perú (2004).
Investigadora Asociada de PRAXIS: An Institute for Social
Justice (USA).
BIBLIOGRAFÍA
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Stoddart Publishing Co. Limited.
CIMACNOTICIAS (2004). “La creciente carencia de agua
afecta sobre todo a mujeres”, viernes 2 de enero de
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http://www.cimacnoticias.com/noticias/04ene/04010204.html
Visitada en: 30 de abril de 2005.
CONSEJO COLABORADOR DE ABASTECIMIENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO
(2002) “WSSCC and UN-Habitat Call for Urgent Action
to Address Water and Sanitation crisis”, Consejo Colaborador
de Abastecimiento de Agua y Saneamiento y comunicado de
prensa de UN-Habitat, 29 de enero de 2002.
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Sociales y Culturales (CDESC). Observación General
N° 15 (29º período de sesiones 2002
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